La administradora hípica, Marysela Santiago, declaró no ha lugar la querella presentada por los intereses de los ejemplares Traqueteo y Cristal de Oro el pasado lunes y que solicitaba la descalificación de la potranca Defensora de la primera posición del Clásico Antonio Fernández Castrillón en la víspera.
“Esta administración declara que tanto Ernesto Acosta como su corporación Alanesic Farm contaban y cuentan con licencia vigente según las disposiciones reglamentarias que rigen nuestra agencia”, lee parte de la resolución dada a conocer en la tarde de ayer a todos los implicados.
La decisión de Santiago, luego de analizar todos los documentos presentados por las partes, se ampara en “un error cometido por la división de registros y licencias” de la Administración Hípica en diciembre de 2004, ya que se indicó como fecha de expiración de la licencia de Acosta el 23 de octubre pasado.
Según la querella, Félix Norat y Lucas Castro alegaban que Acosta tenía vencida su licencia de la corporación del establo Alanesic Farm, la que un guardia de seguridad apostado en el portón que da acceso a las cuadras del hipódromo Camarero, confiscó temprano en la tarde del domingo.
Ante esta situación, alegaban Norat y Castro que Defensora no podía participar en el clásico en cuestión por lo que consideraban que era una inscripción ilegal de la potranca en la carrera.
“La fecha de incorporación del Alanesic Farm fue el 26 de octubre de 1993. Nótese que en cuanto a personas jurídicas la disposición reglamentaria no hace alusión a la fecha de incorporación y sí a la fecha de la emisión de la licencia anterior”, señala la resolución.
“No empece a ello el Alanesic Farm se encuentra licenciada por esta agencia desde 1993 por lo que su renovación ha sido y será en años naturales entiéndase de enero a diciembre. El 13 de diciembre de 2004 el señor Acosta renovó su licencia de dueño incorporado, cuyo vencimiento correspondía al 31 de diciembre de ese mismo año”, agrega.
Todo lo anterior se basa en la orden administrativa AH-0476, emitida el 9 de agosto de 2004 y que establece que “la división de registros y récords de la Administración Hípica iniciará el proceso de renovación de licencias utilizando como base la fecha de nacimiento del tenedor o solicitante. Las personas jurídicas continuarán renovando por año natural”.
“Como cuestión de hecho y de derecho, la fecha de vencimiento es el 31 de diciembre de 2008 por lo tanto tenemos que ineludiblemente concluir que tanto el señor Acosta como su corporación poseían licencia vigente al momento de celebrado el Clásico Fernández Castrillón”, finaliza la resolución de Santiago